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Tramitamos desde divorcios de mutuo acuerdo hasta divorcios contenciosos. También te ayudamos con la modificación de medidas, los trámites en las pensiones de alimentos y la disolución de sociedades en gananciales.
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El divorcio puede solicitarse a los tres meses del matrimonio y puede estar solicitado por ambos cónyuges o uno solo si cuenta con el consentimiento del otro (divorcio de mutuo acuerdo) o de forma unilateral por uno de los cónyuges (divorcio contencioso). En ambos casos se necesitará una sentencia que disuelva el matrimonio.
Todos los abogados de divorcios coinciden en que el divorcio de mutuo acuerdo tiene más ventajas para ambas partes, empezando porque es más económico. Hay que presentar en el juzgado la demanda de divorcio, un escrito donde se solicita la ruptura de la unión matrimonial (puede ser conjunta o bien uno de los cónyuges puede unirse más tarde).
En cambio, en el divorcio contencioso, al enfrentarse las dos partes, el proceso es más largo y caro, pues se duplican los trámites y la necesidad de pruebas para demostrar las alegaciones de ambas partes.
Para poder solicitar el divorcio deben haber pasado tres meses de matrimonio y lo pueden solicitar los dos cónyuges o solo uno de ellos si cuenta con el consentimiento del otro, que equivaldría a un divorcio de mutuo acuerdo. Si no existe un acuerdo, se puede solicitar de forma unilateral y será un divorcio de tipo contencioso.
Lo más recomendado es buscar un divorcio de mutuo acuerdo, ya que ofrece más ventajas para las dos partes y es más económico. Para proceder de esta forma, es necesario presentar una demanda de divorcio en el juzgado, que es un escrito en el que se solicita la ruptura de esa unión de tipo matrimonial.
Por otra parte, si se opta por un divorcio de tipo contencioso, las dos partes se enfrentarán en un proceso que resultará más caro y largo. Los trámites se duplican y todo es más complejo al tener que aportar pruebas para demostrar las alegaciones que realice cada una de las partes.
Existe un convenio regulador que establece las siguientes determinaciones para los divorcios:
Al cónyuge que le corresponde la custodia y guarda de los hijos menores de edad, el régimen de visitas y las vacaciones.
La pensión alimenticia y su forma de pago.
Qué cónyuge se quedará con el domicilio para su uso y disfrute.
La cuantía y duración de la pensión compensatoria en caso de existir desequilibrio económico entre ambos cónyuges.
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