El divorcio express es la manera más rápida de poner fin a una unión matrimonial. Su principal diferencia respecto del divorcio al uso es que los cónyuges no deben especificar el motivo por el que optan por la separación matrimonial definitiva, lo que acelera los trámites del proceso. Aun así, no es posible recurrir al divorcio express en todos los casos. En cuanto al divorcio express y sus requisitos, estos se regulan en la Ley 15/2005 que reformó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. A continuación, examinaremos los principales.
En primer lugar, se debe diferenciar el divorcio express con hijos del divorcio express sin hijos. Se considera que hay hijos de por medio cuando estos sean menores o dependan legalmente de sus padres (por decisión judicial, por ejemplo). La ley no es clara en relación con los hijos que, sin serlo de los dos cónyuges, sean menores o dependientes.
Si los hijos son mayores de edad (o menores pero emancipados) se requerirá su consentimiento respecto a aquellas medidas que se prevean en el convenio regulador del divorcio y que les afecten directamente. Este es el caso de los hijos que, pese a tener más de 18 años, siguen viviendo con sus padres. Tendrán que prestar su consentimiento al acuerdo que se llegue respecto del domicilio familiar.
El segundo de los requisitos del divorcio express está ligado a los plazos en los que puede llevarse a cabo. En concreto, es necesario que solamente hayan pasado tres meses desde la celebración del matrimonio. Pero existe una excepción. Si se constata que hay riesgo para la vida o libertad de los cónyuges de no ponerse fin a la relación de manera inmediata, el requisito de los tres meses desaparecerá.
Ante la duda, es aconsejable acudir a un jurista. Él resolverá las dudas y puede aconsejar para salvaguardar los intereses del cliente durante el proceso.
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