En muchas ocasiones, un proceso de divorcio o separación puede suponer un conflicto, especialmente cuando se tienen hijos en común. Es normal que ante este tipo de procesos se busque un protocolo que garantice la conformidad de las partes, consiguiendo acuerdos satisfactorios. Y sin deteriorar tanto la relación como si se llevase a juicio. Aquí es donde entra lo que conocemos como mediación familiar.
Además de una solución muchísimo más asertiva y duradera (pues se busca una fórmula en la que ambas partes se sientan satisfechas siempre que se pueda), puede suponer un ahorro significativo dentro de los trámites de un divorcio o separación.
Aunque puede parecer muy obvio, hay que tener en cuenta que para que este tipo de proceso tenga lugar, tiene que existir un conflicto. Por ello, estaríamos hablando de un divorcio que no se está solucionando en un primer momento de mutuo acuerdo. Es muy común que sea una vía por la que opte el propio juez ante un divorcio contencioso.

En qué consiste la Mediación Familiar
La mediación familiar es un método de resolución de conflictos alternativo a la instancia judicial, que pretende plantear una solución plena e integral a la disconformidad preexistente entre las partes, de forma comprometida, asertiva y empática.
La Mediación Familiar se realiza para evitar el conflicto en tribunales.
Con ello, se marca el objetivo de conseguir un consenso que perdure en el tiempo y que satisfaga a ambas partes, a través de un compromiso ecuánime al margen de los tribunales.
Aunque la Mediación Familiar se recoge en el artículo 05/2012, de 6 de julio, como un proceso voluntario, se estima que en los próximos años pase a ser un paso obligatorio en todo proceso de separación o divorcio. Esto ocurre porque ya ha sido aprobado un Anteproyecto de Ley de Impulso de la Mediación que lo contempla como obligatorio.
Por otro lado, con independencia de esta ley, la figura de las Comunidades Autónomas contempla en la mayor parte de ellas un desarrollo más elaborado del concepto de Mediación Familiar. En ocasiones, cada Comunidad estima unas u otras características u obligaciones en lo que corresponde a la Mediación.
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La Mediación Familiar no hace magia
No obstante, no podemos dejar a un lado que el proceso de mediación familiar se considera una ayuda en la resolución de conflictos, sin constituir ninguna autoridad judicial que pueda derivar en sentencia. Para que la toma de decisiones resulte efectiva al final del proceso, tiene que ser el/la juez/a el/la que le dé el visto bueno a lo acordado. Como responsable final, el juez estimará o desestimará la propuesta.
Debemos tener en cuenta que la mediación familiar no es una llave mágica que abre las puertas de cualquier conflicto. Como cualquier proceso, no es perfecto, ni podemos esperar que lleve a una solución unívoca e ideal. Es por ello que el juez es el último en considerar esta toma de decisiones.
En ocasiones, y pese a tratarse de una mediación, cada cónyuge trata el máximo de velar por sus intereses, pudiendo comprometer los de los hijos o terceros a su cargo. También puede ocurrir que una de las partes salga mucho más perjudicada que la otra sin ninguna justificación. Evidentemente, el juez determinará qué es lo mejor para cada caso, aunque eso implique no considerar el proceso.
Sin embargo, en una amplia mayoría de ocasiones, la mediación familiar sirve como arbitraje fructífero. Conlleva una resolución amistosa (dentro de las posibilidades) y es una buena herramienta, cada vez más presente en este tipo de procesos.
El proceso de Mediación Familiar
Un proceso de Mediación Familiar debe contar con la ayuda de un profesional mediador. Esta figura participará escuchando a ambas partes, analizando el conflicto y planteando las preguntas correctas que lleven a los cónyuges a acuerdos satisfactorios. Esto quiere decir que el consenso nace de las propuestas de los propios cónyuges, y no de las de los mediadores, que representan, más bien, un punto de apoyo.
El proceso de Mediación dará lugar a un borrador de Convenio Regulador, que tendrá que ser aprobado por el juez.
La figura del mediador
La persona profesional de la mediación debe ser una figura cualificada y preparada para el proceso. Como es evidente, debe ser completamente ecuánime e imparcial. La titulación de la que dispone puede variar, pudiendo ejercer graduados en Derecho, Educación Social, Trabajo Social o incluso Psicología, entre otras. Debe mantener la confidencialidad (salvo que los implicados digan lo contrario o la jurisprudencia le solicite información) y actuar conforme a la ley, de no ser así, existe la posibilidad de reclamar una indemnización por perjuicios.
4 Características de la Mediación Familiar
Podemos distinguir al menos, 4 características básicas de la Mediación Familiar:
- El mediador debe ser imparcial y fomentar el diálogo entre las partes implicadas para que la comunicación les lleve a un acuerdo. Además, como hemos visto, debe primar la confidencialidad.
- Los cónyuges tienen que considerarse en igualdad de derechos y oportunidades con equitativa capacidad para proponer soluciones o contraargumentar.
- El proceso debe seguirse con libre disposición de los cónyuges. Por el momento, aunque por ley debe favorecerse, la Mediación se basa en la voluntariedad de las partes, por lo que a través de esta vía, es posible abandonar la mediación-negociación.
- Respeto mutuo: los cónyuges deberán respetarse en todo momento durante el proceso de mediación. El profesional mediador deberá favorecer un clima amigable y asertivo en todo momento, pero las partes tienen la responsabilidad y el acuerdo de mantener la compostura y salvaguardar sus intereses manteniendo el respeto y las formas.
¿Por qué la Mediación Familiar es una buena opción?
Este proceso es muy positivo porque tiende a alojar las tensiones que puedan existir entre la pareja, resolviendo a través del diálogo y la comunicación cualquier conflicto de intereses que pueda surgir. A través de la mediación, se ponen sobre la mesa las preocupaciones reales de cada uno de los cónyuges, de modo que tanto los intereses como las responsabilidades se ven repartidos. Este procedimiento, además de ser eficaz, es menos costoso y requiere menos tiempo.
Por otro lado, es muy positivo en aquellos casos en los que haya hijos, ya que se promueve la comunicación personal,, la cooperación y se tiene muy en cuenta la situación de los menores, promoviéndose y considerándose requisito imprescindible el velar por el bienestar de los hijos. Para ellos, resulta más fácil afrontar la situación, ya que la toma de decisiones se hace de forma consensuada, sin conflicto.

¿Cuándo es necesario recurrir a la Mediación Familiar antes de a la vía judicial?
Debe acudirse a la mediación ante una declaración de separación, divorcio o nulidad del matrimonio. También cuando se traten aspectos relacionados con la guardia y custodia o la pensión alimenticia.
Pero esta no es la única situación en la que se puede necesitar Mediación. También en casos de sucesiones y herencias; cuando se de algún tipo de conflicto entre socios o administradores de sociedades mercantiles; cuando existan disconformidades relativas a propiedades horizontales y comunidad de bienes, o división del patrimonio, etc.
También puede darse en casos relacionados con la Protección de datos, o el Derecho al honor; o cuando existan procesos de reclamación de negociaciones individuales como contratos de distribución, suministro de bienes y servicios, franquicias, etc.
¿Necesitas ayuda? ¿Tienes dudas?
Sea como sea, en un proceso de Mediación es muy usual contar con un abogado profesional en Derecho de Familia que te asesore de forma previa o posterior. Podrás plantearle tus dudas e incertidumbres, y podrá aconsejarte en base a la experiencia la mejor toma de decisiones para que se llegue a un acuerdo satisfactorio con la otra parte. Desde ABADYS te invitamos a consultar con nuestros mejores abogados expertos en Granada para acompañarte en este procedimiento.