La instauración de la zona azul es una práctica que cada vez se lleva más a cabo por los ayuntamientos de diferentes ciudades. Sevilla, Madrid y Barcelona son buenos ejemplos de ello.
Este sistema se basa en cobrar a los conductores por aparcar en determinadas zonas de la ciudad. La intención es fomentar la circulación y, por tanto, la rotación del aparcamiento en algunas zonas céntricas de las ciudades.
Cuando el ciudadano comete un impago en una zona azul al no renovar el ticket, puede recibir una sanción por parte de la empresa que controle dicha zona azul.
No obstante, hay algo que muchas personas no saben y es la posibilidad que tienen de recurrir las multas de la zona azul. Cualquier multa puede ser recurrida y hay muchas asociaciones e instituciones que denuncian la falta de validez legal en las multas zona azul.
Uno de los principales motivos por los que se cuestiona la validez legal de la zona azul es que no se instaura solo en el centro de la ciudad. El segundo motivo es que las personas que nos multan son trabajadores de empresas privadas sin poder sancionador.
Cuando vemos la multa en nuestro parabrisas, no tenemos por qué pagar 3 euros para que esta sea anulada. La carta que llegará por correo ordinario a nuestra casa tampoco es una sanción, por lo que no estamos obligados a pagar nada aún. Hasta que no recibamos la notificación del acuerdo administrativo sancionador no tendremos una denuncia formal.
Es a partir de entonces cuando tenemos 15 días para recurrir las multas de aparcamiento, siguiendo las instrucciones del faldón de la misma carta recibida. Otra posibilidad es entregar en una oficina de Correos el recurso impreso y ellos lo enviarán a la institución pertinente.
No obstante, es conveniente consultar con profesionales para decidir si recurrir una multa de zona azul.
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