Si sigues nuestro blog esto es algo no te pillará por sorpresa: en ocasiones los procesos de herencias son mucho más complicados de lo que parecen. Es cierto que en muchas otras todo puede transcurrir sin problemas. Sin embargo, si sucede lo contrario resulta imprescindible contar con el asesoramiento de profesionales especializados. Es precisamente por este motivo por el que hace algunas semanas te contamos qué es el heredero universal y cómo saber si te han dejado una herencia.
Y en esta ocasión queremos ir un paso más lejos y hablar de un aspecto del que no lo habíamos hecho hasta la fecha: la valoración de los bienes de una herencia. Esto es algo bastante relevante, porque el momento en el que se valoran los bienes puede hacer que existan diferencias ostensibles. En muchas ocasiones desde la muerte del causante hasta la adjudicación de la herencia puede pasar cierto tiempo, llegando incluso a superar el año. Así que siempre surge una duda al respecto: ¿cuándo se valoran los bienes de una herencia?
El momento de valoración de los bienes
Para comprender la importancia de la cuestión que planteamos hoy vamos a ofrecerte un ejemplo: imagina que una persona fallece en el año 2000 y sus hijos deciden no repartir la herencia para que la madre pueda disfrutar de todos los bienes mientras viva. Y que, por algún motivo, llegado el año 2020 uno de los hijos decide hacer la partición de la herencia. En ese supuesto, ¿cuándo debe realizarse la valoración de bienes?
Lo cierto es que el Código Civil no establece de forma clara el momento en el que se debe realizar la valoración de los bienes de una herencia. Aunque sí que habla sobre la donación de bienes en el artículo 1045, de la que dice lo siguiente: “No han de tratarse a colación y partición las mismas cosas donadas, sino su valor al tiempo en que se evalúen los bienes hereditarios». Y lo completa agregando que “podrán también ser rescindidas las particiones por causa de lesión en más de la cuarta parte, atendido el valor de las cosas cuando fueron adjudicadas”, que se extrae del artículo 1074.
“No han de tratarse a colación y partición las mismas cosas donadas, sino su valor al tiempo en que se evalúen los bienes hereditarios»
Y como no existe una norma clara al respecto, ha sido la jurisprudencia la que ha tenido que pronunciarse sobre cuál es el momento en el que se debe llevar a cabo la valoración de bienes. En este sentido, la jurisprudencia mayoritaria opta por el criterio de atender al momento de la partición y valorar los bienes de la herencia en el momento de la partición. De este modo, se establece que tanto la valoración de la herencia como de lo donado en vida debe realizarse en el momento de la partición. Aunque lo cierto es que existen también sentencias que han considerado que el momento a tener en cuenta debe ser el del fallecimiento del causante.

Bienes donados antes del fallecimiento
Si hablamos de la valoración de las donaciones para calcular la legítima hay que acudir al artículo 818 del Código Civil. “Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador, con deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento”. Y es desde entonces cuando la doctrina está dividida en cuanto al momento de valoración de donaciones para calcular la legítima. Principalmente hay dos posturas:
- Valoración de los bienes de la herencia donados en el momento del fallecimiento del causante.
- Valoración de los bienes de la herencia donados en el momento de la partición.
Sin embargo, a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo del 3 de marzo de 2022 hay cambios importantes en lo relativo a los bienes donados con la postura híbrida. Esta sentencia establece que cuando la legítima se individualiza en un buen donado en vida queda individualizado el riesgo en esa cosa. Sin embargo, si en el momento del fallecimiento no queda cubierta la legítima será necesario valorar los bienes al momento de la partición y adjudicación. Mientras que si la legítima no se ha individualizado en vienes concretos se valorarán los bienes en el momento de la partición.
“Para fijar la legítima se atenderá al valor de los bienes que quedaren a la muerte del testador, con deducción de las deudas y cargas, sin comprender entre ellas las impuestas en el testamento”
¿Cómo se valoran los bienes de una herencia?
Llegados a este punto, con la respuesta a cuándo se valoran los bienes de una herencia más clara, hay que hablar sobre cómo se valoran esos bienes. En este sentido todo depende del tipo de bien que se haya heredado:
- Dinero: tanto el dinero como los valores en cuentas bancarias tendrán el valor que determinen los certificados de saldos y valores que fueran emitidos por la entidad bancaria a fecha del fallecimiento.
- Vehículos: en este caso Hacienda normalmente utiliza unas tablas de valoración de vehículos que se publican de forma anual.
- Inmuebles: este suele ser el gran problema, ya que normalmente la forma de valorar este tipo de bienes pasa por aplicar los valores fiscales, que son los que la Agencia Tributaria otorga al inmueble. En este sentido, cada Comunidad Autónoma cuenta con programas de valoración diferentes en los que se tiene en cuenta el valor catastral y diferentes coeficientes.
La forma de valorar los bienes varía en función del tipo de bien que se trate
Que nada se te escape con tu herencia
Como has podido observar, cuando surgen complicaciones en una herencia es posible que todo el proceso acabe convirtiéndose en una pesadilla. Algo que ocurre con más frecuencia en procesos en los que existen múltiples herederos o en los que la cantidad de bienes donados es elevada. Por este motivo siempre recomendamos recurrir a un profesional con experiencia en este tipo de trámites para evitar que los problemas tomen el protagonismo.
Así que si tienes que hacer frente a un proceso de este tipo y no sabes cómo proceder, no lo dudes y contacta con nosotros. No importa si se trata de un tema relacionado con la valoración de bienes o con cualquier otro aspecto relativo a la herencia, nos encargaremos de todo. Abadys: los mejores asesores y abogados de herencias de Granada.