ABADYS

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

SERVICIOS PARA

ADMINISTRADORES DE FINCAS

Te ofrecemos una gestión y atención adaptada a tus necesidades para la correcta gestión de tu comunidad de propietarios. Contamos con un gran equipo de profesionales especializados y coordinados en materia fiscal, jurídica, laboral para obtener el máximo bienestar y tranquilidad para la gestión de tu comunidad.

La situación actual está  llevando a las comunidades de propietarios a buscar soluciones para reducir costes fijos pero manteniendo un buen servicio para la comunidad.

Nuestro compromiso es ofrecer el mejor asesoramiento para el cumplimiento de todas las normativas jurídicas y técnicas necesarias para la correcta administración de fincas.

Por todo ello, es necesario cumplir con una serie de objetivos que nuestro equipo de profesionales ofrece.

te ayudamos a mejorar

¿Qué obtendrás?

Experiencia

Nuestro despacho está especializado en Administración de Fincas, preparados para gestionar su comunidad de forma profesional y satisfactoria, con una experiencia de más de 20 años realizando una gestión y atención personalizada y contando con departamentos cualificados al frente de cada una de las áreas de contabilidad, laboral, fiscal, siniestros, presupuestos y obras, asesorando desde nuestro conocimiento sobre legislación, ordenación y funcionamiento de elementos comunes así como la contratación de servicios, etc.

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GESTIÓN CONTABLE

Nuestro principal objetivo es la total claridad en la gestión contable, aportando estado de cuentas donde se detallan ingresos y gastos, factura a proveedores, etc., y gestionado toda la gestión de pago a profesionales y proveedores.

CONTROL DE LA MOROSIDAD

Nuestra máxima prioridad es conseguir morosidad cero para su comunidad, por lo que centramos nuestro trabajo en notificar de forma periódica y habitual la situación de morosidad buscando soluciones amistosas de pago, así como convocar junta de propietarios para certificar deudas en caso de impago continuado y proceder a su reclamación judicial.

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ATENCIÓN Y SOLUCIONES

Analizamos y controlamos la conservación y mantenimiento de la finca, escuchamos y tramitamos cuantas incidencias, siniestros y asuntos diversos sucedan, planificamos con antelación periódica el cumplimiento de las obligaciones legales y administrativas .

Por otro lado, nuestra labor conlleva convocar juntas ordinarias y extraordinarias, y  asesorar sobre los acuerdos adoptados en junta en relación a la contratación de servicios de la comunidad, así como la gestión de los empleados elaborando sus nóminas, altas y bajas, etc.

SERVICIOS

COMUNIDADES DE PROPIETARIOS

Legislación y normativa

Siniestros

Gestión de morosidad

Contabilidad de la comunidad

Obras

Ordenación y funcionamiento

¿ERES EMPRESA O AUTÓNOMO?

ESPECIALISTAS EN AYUDAR A EMPRESAS

Si eres empresario o autónomo seguro que ya conoces la gran cantidad de trabajo extra que conlleva. Estamos especializados en el asesoramiento a empresas, profesionales y trabajadores autónomos. Abarcamos todos los servicios.

Aclara tus dudas sobre FINCAS

Es posible que, antes de recurrir a nosotros, tenga algunas dudas sobre cómo podemos ayudarle con su caso. Para ello, desde Abadys ofrecemos respuestas a las dudas más frecuentes relacionadas con la administración de fincas.

¿Qué son los estatutos ?

Si busca respuesta a qué son los estatutos, se tratan de las reglas de constitución y ejercicio del derecho y las disposiciones que no están prohibidas por ley en el uso y destino de un edificio. Ya sea por el uso de sus pisos o locales, instalaciones, gastos, administración, reparación y conservación…

¿Cuál es el título constitutivo?

Es la escritura de la división en propiedad horizontal. En ella tiene que constar la definición del edificio, sus elementos privativos y los que sean comunes. Al igual que con los estatutos, debe inscribirse en el registro de la propiedad.

Quién puede ser presidente de una comunidad?

El único requisito para ello es que debe tratarse de una persona propietaria de un inmueble y es un cargo que debe existir por obligación.

¿Quién convoca las juntas de propietarios ?

Puede convocarlas el presidente de la comunidad o una cuarta parte de los propietarios que estén interesados en que se celebre. El administrador de la finca no puede convocar una reunión si no se obtienen dichas firmas o si no lo solicita el presidente.

¿Puede un propietario solicitar la inclusión de un tema en el orden del día ?

Sí que es posible. Para ello deberá pedir a la junta que estudie su solicitud y se pronuncie al respecto a través de un escrito dirigido al presidente.

¿Qué diferencia hay entre las juntas ordinarias y las extraordinarias?

Por una parte las ordinarias se celebran una vez al año y sirven para renovar cargos, aprobar presupuestos y las cuentas del ejercicio anterior. Mientras que las extraordinarias son para tratar temas concretos y pueden convocarse sin preaviso.

¿Atenta el derecho al honor del propietario incluido en la lista de morosos?

Si un propietario está en lista de morosos y ello puede suponer un problema en la comunidad de propietarios, es posible instrumentar un mecanismos que les prive del derecho a voto sin que se vean privados sus derechos a la protección de datos.

¿Quién emite la certificación de las deudas comunitarias?

Será el Secretario-Administrador, con la aprobación del presidente, el que se encargue de emitir la certificación de las deudas comunitarias. En ella el propietario debe justificar que está al corriente de pago.

¿Quién puede impugnar un acuerdo de la junta?

Se pueden impugnar judicialmente si la reclamación la interpone alguien que votó en contra o estaba ausente en la junta.

¿Cuáles son los plazos de impugnación?

Para realizar una acción de este tipo, el plazo máximo es de un año para los acuerdos que se consideren contrarios a la ley. Mientras que el plazo es de tres meses si se consideran contrarios a los intereses de un propietario o de la comunidad. Los acuerdos impugnados no quedan suspendidos de forma automática, sino que será el juzgado el que se encargue de determinar una resolución.

¿Los acuerdos impugnados quedan automáticamente suspendidos ?

No quedan suspendidos los acuerdos impugnados, sino que para la suspensión total o parcial de los mismos se precisa resolución expresa del juzgado que va a conocer de la demanda impugnatoria de los acuerdos.

¿Qué quórum es necesario para la aprobación en junta general de la instalación de un sistema de video vigilancia?

La decisión de proceder a la instalación de cámaras de videovigilancia , requiere contar con la aprobación de los propietarios en junta , en la forma prevista en el artículo 17.7 de la LPH la cual considera que para la validez de este tipo de acuerdo basta el voto de la mayoría del total de propietarios en junta, que a su vez representen la mayoría de las cuotas de participación.

¿Cuando ha de pasarse la ITE?

Depende del año de construcción o de la última rehabilitación integral del edificio, ya que la primera ITE es obligatoria para los edificios que cuentan con más de una determinada cantidad de años desde la fecha de ejecución de alguna de dichas actuaciones.

¿Desde cuando existe una comunidad?

Se considera que una comunidad de vecinos existe desde el momento en el que en un inmueble de propiedad horizontal pertenece a más de un propietario.

¿Tiene derecho el propietario de un trastero a tener la propiedad de un mando de acceso al garaje?

Sí, aunque el hecho de poseer un mando de acceso a dicha zona en ningún caso le permitirá utilizar las plazas ni acceder a él con su vehículo para la carga y descarga de objetos.